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LOPD Y LSSICE

Actividad blog
  1. Enlace de la noticia (2 Noticias LOPD) LSSICE Web comunicacion
  2. Nivel de datos
    1. Sanción aplicada
  3. Explicar brevemente ¿Por qué incumple LOPD?
  4. Precauciones o recomendaciones tomarías para el usuario
1)      LOPD La ley orgánica de protección de datos de carácter Personal
>        Es sancionado a una residencia de tercera edad por facilitar los datos de los residentes a una farmacia el DNI, el nombre e de la cuenta bancaria. La residencia está incumpliendo una sacian grave de la protección de datos de tratar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado y de Utilizar los ficheros con distinta finalidad con la que se crearon.

>        Es investigado a la compañía google por al hacer el servicio del Google Street View  supuestamente captaban también datos de las redes privadas wifi cuando los coches pasaban para coger la información del street view
los datos eran informasion personal como correo electroico, mensajes asociados, usuarios y contraseñas, foto,etc.
y pueden ser sancionados por muchos países y si esto es cierto y probado por el penal que puede ser sancionar por varios motivos
Dos infracciones graves
ü  No tener el consentimiento del interesado para recabar sus datos personales
ü  No inscribir los ficheros en la AGPD
Tres muy graves
ü  Recabar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado
ü  Crear ficheros para almacenar datos que revelen datos especialmente protegidos
ü  Vulnerar el secreto sobre datos especialmente protegidos
LSSICE es la ley de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico.
*   http://www.lopdrioja.com/docs2/SANCION%20POR%20ENVIO%20DE%20E-MAIL%20PUBLICITARIO.pdf
El problema se trata de un envió de un mensaje publicitario y que el remitente dice que no se ha inscrito y ninguna relación para que la empresa habilite a la citada empresa de el envió del mensaje publicitario
la sanción es mínima de 30 euros por no informal de forma permanente, fácil, directa y gratuita sobre: los datos de su inscripción en el registro.
*   http://www.proteccionlegal.com/lssi-y-contratacion/casos/132-el-dominio-putasgaecom-y-la-lssice-sentencia-judicial-.html
El  suceso es que la organización de  SGAE a denunciado a la asociación de internautas por alojar una página web llamada putasgae.com que insultan y rebajan a la organización y algunos integrantes. Y la organización internautas se defiende con que no puede manejar y organizar la información almacenada por cada sitio web alojada en sus servidores pero dice el juez que debe ser sancionado por que son datos e información de sus servidores que es personales que da un servicio, debe tener reglas para no insultos ni barbaridades y etc.
la sanción es de 18.000€
Artículo 16. Responsabilidad de los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos
2)      Niveles a que se aplica al que incumple la ley orgánica personal de datos

LOPD
Sanciones leves (Sanciones entre 601,01€ y 60.101, 21€)

Ø  No solicitar la inscripción del fichero en la Agencia Española de Protección de Datos
Ø  Recopilar datos personales sin informar previamente
Ø  No atender a las solicitudes de rectificación o cancelación
Ø  No atender las consultas por parte de la AGPD
Sanciones graves (Sanciones entre 60.101,01€ y 300.506,25€)

o   No inscribir los fichero en la AGPD
o   Utilizar los ficheros con distinta finalidad con la que se crearon
o   No tener el consentimiento del interesado para recabar sus datos personales
o   No permitir el acceso a los ficheros
o   Mantener datos inexactos o no efectuar las modificaciones solicitadas
o   No seguir los principios y garantías de la LOPD
o   Tratar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado
o   No permitir a la AGPD las notificaciones previstas en la LOPD
o   Mantener los ficheros sin las debidas condiciones de seguridad

Sanciones Muy graves (Sanciones entre 300.506,25€ y 601.012,1€)

§  Crear ficheros para almacenar datos que revelen datos especialmente protegidos
§  Recogida de datos de manera engañosa o fraudulenta
§  Recabar datos especialmente protegidos sin la autorización del afectado
§  No atender u obstaculizar de forma sistemática las solicitudes de cancelación o rectificación
§  Vulnerar el secreto sobre datos especialmente protegidos
§  La comunicación o cesión de datos cuando ésta no esté permitida
§  No cesar en el uso ilegítimo a petición de la AGPD
§  Tratar los datos de forma ilegítima  o con menosprecio de principios y garantías que le sean de aplicación
§  No atender de forma sistemátcia los requerimientos de la AGPD
§  La transferencia temporal o definitiva de datos de carácter personal con destino a países sin nivel de protección equiparable o sin autorización.

LSSICE
Sanciones leves (Sanciones hasta 30.000€)

*   No informar de forma permanente, fácil, directa y gratuita sobre: los datos de su inscripción en el registro, los datos relativos a la autorización en el caso de estar sujeto, los datos en caso de estar colegiado, el número de identificación fiscal, los códigos de conducta.
*   Incumplimiento de la obligación de que las comunicaciones comerciales sean claramente identificables y de que se indiquen la persona físico o jurídico en nombre del cual se realizan, (contener el comienzo del mensaje la palabra “publicidad”
*   El envío de comunicaciones comerciales no autorizadas o solicitadas, cuando no constituya falta grave
*   No facilitar la información a que se refiere el artículo 27.1 en contratación por vía electrónica
*   El incumplimiento de la obligación de confirmar la recepción en la contratación por vía electrónica, cuando no constituya una infracción grave
Sanciones graves (Sanciones entre 30.001€ y 150.000€)

Ø Incumplimiento del deber de información general (nombre, denominación social, residencia o domicilio, dirección de correo electrónico, el precio del producto los servicios, impuestos, gastos de envío)
Ø Envío masivo de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica, que los destinatarios no hayan autorizado
Ø No poner a disposición del destinatario las condiciones generales a las que se sujete el contrato
Ø Incumplimiento habitual de la obligación de confirmar la recepción de una aceptación. La resistencia o negativa a la actuación inspectora por parte de los órganos facultados
Sanciones Muy graves (Sanciones entre 150.001€ y 600.000€)

·      Incumplimiento de las órdenes dictadas por los órganos competentes cuando un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar a los principios recogidos en el art.8
·      El incumplimiento de la obligación de suspender la transmisión, alojamiento de datos acceso a la red...cuando un órgano competente lo ordene, art.11
·      El incumplimiento de la obligación de retener los datos de tráfico generados en las comunicaciones electrónicas, art.12
·   La utilización de datos retenidos, (art.12), para fines distintos de los señalados.


  1. Explicar brevemente ¿Por qué incumple LOPD?
Algunas empresas lo incumplen por tener más cliente más publicidad mas actuación del cliente
Otros por estrategia empresarial para saber lo k le gusta al cliente o lo que no y lo que necesita
también se puede ser por accidente
también para facilitar el transmite de pasar los datos personales
Otros por poca información
para espiar a alguien o sacar información de una empresa
y el más importante para hacer chantajes o daños a una empresa para sacar beneficios económicos o personales
Precauciones o recomendaciones tomarías para el usuario
PRECAUCIONES
1. La mayor seguridad es no dar tus datos personales: Hazlo sólo si es necesario.
2. Sólo tu consentimiento habilita a que una Organización pueda tratar tus datos.
3. Lee las políticas de privacidad, cláusulas de protección de datos, etc. antes de dar tus datos.
RECOMENDACIONES
1. Leer letras pequeñas de los sitios
2. Cuando marcas en estoy de acuerdo, leerlo antes, porque alomejor estas dando a estar de acuerdo en que te metes en una compañía, estas de acuerdo en que puedan dar tus datos con tu consentimiento (Estando de acuerdo)

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